Morelia, Mich., 12 de marzo de 2025.- La Fiscalía General de la República (FGR) rechazó conceder el “criterio de oportunidad” a cuatro exfuncionarios de la administración de Silvano Aureoles Conejo, quienes buscaban evitar la prisión a cambio de aportar pruebas contra sus superiores inmediatos.
La información salió a la luz en el programa del periodista Ciro Gómez Leyva, donde se reveló que Carlos Maldonado, exsecretario de Finanzas; José Antonio Bernal Bustamante, exsecretario de Seguridad Pública; y los exdelegados administrativos Mario Delgado Murillo y Elizabeth Villegas Pineda intentaron obtener un amparo, el cual les fue denegado.
El fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, explicó en la conferencia matutina del martes que los implicados trataron de acogerse a este recurso legal tras su detención y procesamiento.
Sin embargo, a pesar del revés judicial, los imputados decidieron colaborar con las autoridades y, durante una audiencia que se extendió por 23 horas, aportaron testimonios contra sus jefes y otros funcionarios presuntamente implicados en la compra y renta de siete cuarteles de la entonces Policía Michoacán.
Las declaraciones de los exsecretarios señalaron directamente al exgobernador Silvano Aureoles, mientras que los exadministrativos dirigieron sus acusaciones contra los extitulares de la Secretaría de Seguridad Pública, Juan Bernardo Corona Martínez e Israel Patrón Reyes.
Corona Martínez encabezó la dependencia entre octubre de 2016 y marzo de 2019, siendo sucedido por el fallecido José Antonio Godoy Castro y posteriormente por Patrón Reyes. Este último, quien permaneció en el cargo por dos años, fue vinculado a presuntas irregularidades administrativas junto con su delegada, Lorena García Peña, quien habría autorizado recortes salariales injustificados a los elementos policiales.
También fue mencionado el notario público Guillermo Loaiza Gómez, exdirector del Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo estatal, quien estaría implicado en las operaciones investigadas.
El criterio de oportunidad, regulado por el Código Nacional de Procedimientos Penales, permite que el Ministerio Público se abstenga de ejercer acción penal en determinados casos, siempre que se garantice la reparación del daño a las víctimas y se cumplan ciertos requisitos.
Entre ellos, que el delito no implique prisión obligatoria, sea de contenido patrimonial sin violencia, o que el imputado proporcione información clave para procesar delitos de mayor gravedad. En este caso, la FGR determinó que los exfuncionarios no cumplían con las condiciones necesarias para acceder a este beneficio legal.