IEM aprobó reglamento para liquidación de partidos

IEM aprobó reglamento para liquidación de partidos
Autor: Amanda Bautista Rodríguez / Noventa Grados | Fecha: 17 de Julio de 2024 a las 19:49:41

Morelia, Michoacán, a 17 de julio del 2024.- El Instituto Electoral de Michoacán, aprobó el  Reglamento para la Prevención, Liquidación y Destino del Patrimonio de los partidos políticos locales.

Dicho proceso tendrá cuatro etapas con el objeto de  establecer en Michoacán las reglas relativas al procedimiento de liquidación de los institutos políticos que se encuentren en los supuestos de la pérdida de registro.

El reglamento permitirá el proceso de extinción, de acuerdo con la consejera Marlene Arisbe Mendoza Díaz, se garantiza la legalidad y la transparencia en el cumplimiento oportuno y adecuado de las obligaciones y responsabilidades de los partidos políticos locales que se encuentran en alguno de los supuestos de pérdida del registro.

 "Salvaguarda en todo momento sus derechos, dotando, además, a la figura de la persona interventora, y nombrada anteriormente por este Consejo, de las reglas para el ejercicio óptimo de sus atribuciones, y cumplimiento de sus obligaciones", refirió.

Sobre el tema la consejera del IEM, Araceli Gutiérrez, señaló que en esta etapa los partidos siguen recibiendo sus prerrogativas, y pueden seguir realizando algunas de sus funciones ordinarias como partidos políticos, con la diferencia de que el interventor está supervisando en qué se gasta, y cómo se gasta.

En la jornada electoral pasada, los días 5 y 8 de junio se llevaron a cabo los cómputos de las elecciones de diputados y ayuntamientos, de los cuales se obtuvo el porcentaje de votación de cada partido político nacional o local con registro en el Consejo General, y por ello, se desprendió que los partidos políticos locales en la entidad: Encuentro Solidario Michoacán; Más Michoacán; Michoacán Primero; y, Tiempo x México, se ubican en el supuesto de causal de pérdida de registro al no haber obtenido en la reciente elección ordinaria, por lo menos el 3 tres por ciento de la Votación Válida Emitida en las elecciones.

Durante el Consejo declaró el inicio del periodo de prevención dentro del procedimiento de liquidación de los partidos políticos locales, se designó a la persona interventora que fungirá como responsable dentro de este periodo, y se ordenó la emisión del Reglamento de liquidación.

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